Licencias
Tipos de licencias y posibilidades
1. Copyright: todos los derechos reservados. No es necesario indicarlo, es por defecto, es
decir, si no aparece especificado el tipo de licencia se entiende que está
protegido con ©.
- Posibilidades educativas: solo citas, análisis y comentarios.
- Algunas permiten uso educativo.
- Se puede pedir permiso al autor.
2. Copyleft: algunos derechos reservados.
- Licencia GNU GFDL:
libre vírica que permite reproducir, distribuir, obras derivadas, uso comercial, con unas condiciones:
- Reconocimiento del autor.
- Mantenimiento el mismo tipo de licencia.
- Inclusión de la licencia en las obras usadas.
- Es incompatible con las licencias que usan habitualmente las Administraciones educativas. (CCby-no-sa)
- Creative Commons: (se ve en el siguiente apartado).
Pautas recomendadas
- Utilizar siempre los propios recursos, si no es posible:
- Dominio público.
- Creative Comomns.
- Las CC Reconocimiento sin obra derivada y CC Reconocimiento No comercial sin obra derivada:
- Las podemos usar sin generar obras derivadas.
- GFDL y CC Reconocimiento Compartir igual:
- Con copyleft fuerte, obliga a utilizar la misma licencia.
- Hay que dejar su propia licencia.
- Copyright para usos permitidos (derecho de cita y uso educativo) o solicitando permiso.
- Se pueden usar, cuando es estrictamente necesario.
Conceptos básicos
- Derecho autoría: una obra por el hecho de ser creada ya está protegida por La ley de la propiedad intelectual, aunque no esté publicada ni tenga copyrigh.
- Objetos de protección:
- Obras y títulos originales.
- Obras derivadas.
- Colecciones y antologías.
Tipos de autorías
- Colectiva: sin derechos de explotación (reproducción, ...), solo derechos morales, no toma decisiones sobre la obra final.
- Individual.
- Compuesta independiente, se reúnen las obras de varios autores sin existir colaboración, la autoría es independiente.
- Colaboración: autoría compartida.
Tipos de derechos
- Morales: reconocimiento, a la integridad de la obra, divulgación.
- Explotación:
- Comunicación pública.
- Distribución.
- Remuneración por copia.
- Reproducción: hacer copias.
- Transformación.
Duración y excepciones de derecho
- Duración: hasta 70 años de la muerte del autor, pasa a DOMINIO público, en algunos casos se puede limitar a 25 años sin son fotografías no artísticas.
- Excepciones:
- Reproducir sin autorización: para copia privada, por seguridad, fines administrativos, personas con discapacidad, siempre que se muestren en formato adaptado a la discapacidad.
- Inclusión en obra pública: citas, análisis y comentarios.
- Reproducción, distribución y comunicación pública:
-
- Pequeños fragmentos para ilustración educativa en el aula. Se excluyen manuales universitarios y libros de clases.
- Obras situadas permanentemente en zonas públicas.