Los límites legales y cuestiones a tener en cuenta
Es importante señalar que no se trata de "derechos" de los terceros o usuarios aunque, por ejemplo, habitualmente se hable del "derecho de cita", sino que se trata de unos límites a los derechos exclusivos, y como tales límites han de ser interpretados de modo restrictivo para evitar que la excepción no se convierta en regla general.
Al recaer la propiedad intelectual sobre bienes de carácter cultural es lógico que alguno de esos límites se encaminen a facilitar la labor docente sin tener que estar solicitando permisos por la utilización de obras en el mundo educativo, al tratarse de un pilar básico en el desarrollo de la personalidad y un derecho recogido por las Naciones Unidas y las legislaciones de los países.
Dentro de estos límites, son dos los que más habitualmente van a ser
utilizados por los docentes y también por los estudiantes: La cita y la
reproducción directa de obras que hemos visto en el punto anterior.